REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Treinta y Uno (31) de Julio de dos mil Nueve (2009)
199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002584.
PARTE ACTORA: HECTOR ZUÑIGA.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ODALYS ZUÑIGA .
PARTE DEMANDADA: INTEGRI.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO VELAZQUEZ.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
En el día hábil de hoy, Treinta y Uno (31) de Julio de 2009, siendo las 10:00 a.m, dia y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente asunto, comparecen los ciudadanos HECTOR JOSE ZUÑIGA CASTILLO C.I N°16.000.529 en su carácter de parte actora, ODALYS ZUÑIGA CASTILLO inpreabogado N° 111.919 en su carácter de apoderado judicial de la párte actora según consta en poder de representación ya inserto en el expediente, , ALFREDO VELASQUEZ FLORES inpreabogado N° 92.832 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada el cual consigna poder de representación en copia simple previa certificación de su original dandose inicio a la audiencia. La parte demandada INTEGRIS CONSULTING LATINOAMERICANA C.A , en este acto ofrece a la parte actora la cantidad total de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs F.3.500,00) por concepto de pago de Salarios Caidos y Prestaciones Sociales en un (1) cheque no endosable, cheque girado en contra del Banco Mercantil, identificado con el N° 02103133 a nombre de el ciudadano HECTOR ZUÑIGA . La parte demandada hace entrega en este acto de el mencionado cheque a el trabajador, el cual declara recibirlo conforme en este acto,. A continuación la parte actora declara que esta totalmente de acuerdo con la propuesta hecha por la parte demandada y declara recibir conforme el mencionado cheque. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La parte demandada consigna en este Acto copia de el mencionado cheque.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Nuñez
Adriana Bigott
PARTE ACTORA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA
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