REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA CUARTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
Sala de Juicio Nº IV
199º y 150º
ASUNTO: AP51-V-2009-009279
Motivo: Simulación.
Demandante: Lourdes Maria Narciso Pino, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.452.068.
Demandado: Pedro Antonio Bello Castillo, Gracel Alejandra Gauthier Mendible, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-6.417.906 y V-6.907.480 respectivamente.
Niños/Adolescentes: “…cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente”…”
Vista la diligencia de fecha 20/07/2009, presentada por el ciudadano Ricardo de Armas Massaguer, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 51.795, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Lourdes Maria Narciso Pino antes identificada y revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se observa que en el decreto dictada por esta sala de juicio en fecha 08/07/09 se transcribió erróneamente el lindero SUR, asentándose el mismo como “Pasillo de circulación, apartamento 2-1-B y apartamento 3-3-B;”, cuando lo correcto es “Pasillo de circulación, apartamento 2-1-B y apartamento 2-3-B”, en tal sentido se ordena la correspondiente corrección, subsanado así el error cometido en el folio 124 del expediente, por consiguiente donde se transcribió “Pasillo de circulación, apartamento 2-1-B y apartamento 3-3-B”, debe decir “Pasillo de circulación, apartamento 2-1-B y apartamento 2-3-B”; en consecuencia queda así subsanado el error cometido en el decreto de fecha 08/07/2009. Téngase la presente como parte integrante del precitado decreto.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los (21) días del mes de julio de 2009. Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez de Sala
Emilio Ruiz Guía
La Secretaria
Luisa Oliveros