REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, Trece (13) de Julio de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-011221

Visto el escrito de fecha 25/06/09, presentado por la Abg. ENGRID MARIE GONZALEZ, actuando en su carácter de Fiscal Nonagésimo Tercero del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos PEDRO JOSÉ CHACON MARTINEZ y NOMARA ADELA GIL PULIDO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.270.392 y V-10.507.041, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de su hijo el niño (...); en el cual remiten convenio de Obligación de Manutención a favor de la prenombrado niño, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal Nro. 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.