REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal N° 9
Caracas, veintiocho (28) de Julio de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-012043
Visto el escrito de fecha 10/07/09, presentado por la ciudadana CONCEPCION ACOSTA, Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes Nro. 53 del Municipio Sucre del Estado Miranda, a petición de los ciudadanos RAFAEL OVIDIO TOVAR CASTILLO y JILLAISELA DEL CARMEN CARRERO VERGARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.202.710 y V-14.412.622, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de los niños (...), en el cual remiten convenio de Obligación de Manutención de fecha 08/07/09, a favor de los prenombrados niños, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal N° 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.