REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 09.
Caracas, treinta (30) de Julio de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-012149
Visto el escrito presentado por la Abg. MARIANA PALOMARES MORALES, actuando en su carácter de Fiscal Nonagésima Sexta del Ministerio Publico, a petición de los ciudadanos VICTORIA AKCHAR DE TURKMANI y SALIM TURKMANI, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 6.437.757 y E-81.864.749, respectivamente, a favor de la adolescente (...), en el cual remiten convenio de Obligación de Manutención de fecha 07/07/09, a favor de la prenombrada adolescente, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal Nº 09, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.