REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 12
Caracas, diecisiete de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-012186.

Vistas las actas que conforman la presente incidencia de Autorización Judicial Para Tramitar Pasaporte presentada por la ciudadana CAROL JOSEFINA VASQUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.796.424, debidamente asistida por la Abogado MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, Fiscal Nonagésima Sétima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitó le sea otorgado permiso para tramitar pasaporte de los niños, de nueve (9) y ocho (8) años de edad, respectivamente. Este Tribunal ADMITE LA PRESENTE SOLICITUD, POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, POR NO SER CONTRARIA ALGUNA DISPOSICIÓN DE LA LEY, AL ORDEN PÚBLICO, NI A LAS BUENAS COSTUMBRES, asimismo de conforme a lo solicitado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana CAROL JOSEFINA VASQUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-10.796.424, para que realice todas las diligencias necesaria por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a los fines de obtener el Pasaporte de los niños, de nueve (9) y ocho (8) años de edad, respectivamente. Expídase por secretaría copia certificada de la presente sentencia y entréguese a la parte interesada. Por último, se acuerda librar oficio a la Oficina de Identificación y Extranjería comunicándole lo conducente. Cúmplase.
La Juez La Secretaria

Sara Guardia Soto. Adriana Mireles