REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal N° XIV
Caracas, 14 de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: AP51-V-2009-003975
ASUNTO: AH51-X-2009-000350
Visto el CONVENIO DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, CUSTODIA, suscrito por los ciudadanos LEIDA GINET SOLORZANO CASTILLO y FRANCISCO ALBERTO GRILLO MIJARES, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.322.051 y V-6.322.201, respectivamente; en fecha trece (13) de julio del presente año, en la Sede de este Despacho Judicial; a favor de las niñas (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente); en consecuencia, esta Sala de Juicio lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones expuestos por las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en concordancia con el Artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaría las copias certificadas del convenio, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Y así se establece.
LA JUEZA,

EL SECRETARIO
ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA

ABG. CARLOS ANDRES FONSECA


YLV/CAF/Marjorie
RESPONSABILIDAD DE CRIANZA