REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de julio de 2009
199º y 150º

Asunto Nº AP41-U-2008-000782
Sentencia Interlocutoria Nº PJ0082009000149

Vistos los escritos de promoción de pruebas, el primero presentado en fecha 07-07-2009 suscrito por el Abogado Carlos Enrique Mederico Rodríguez, INPREABOGADO N° 53.107, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Contribuyente ANEW e-BUSINESS DISTRIBUCION, C.A., donde promueve el merito favorable de los autos así como pruebas documentales; y el segundo presentado en fecha 08-07-2009, suscrito por los Abogados María Meide Rodríguez, Héctor Rangel Urdaneta, Roberta Núñez Díaz, Mariela Pernia, Joaquín Dongoroz y Vanessa Santos Huen, INPREABOGADO Nos. 66.632, 108.244, 108.437, 104.892, 117.237 y 117.024 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, donde promueve Pruebas Documentales, Prueba de Confesión Extrajudicial así como prueba Exhibición, este Tribunal por cuanto no las considera ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:

UNICO: Intímese a la Contribuyente ANEW e-BUSSINES DISTRIBUTION, C.A., a los fines de que exhiba o entregue el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de esa sociedad mercantil a que se refiere el Capítulo III del escrito de promoción de pruebas presentado por la representación del Municipio Chacao del Estado Miranda.

La Jueza Superior Titular,


Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.

El Secretario Titular


Abg. Reinaldo J. Penso R.



Asunto: AP41-U-2008-000782
JCSM.-