REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de julio de 2009
199º y 150º
Por recibida y vista la anterior demanda y los recaudos acompañados a la misma, incoada por el ciudadano Rodolfo José Bermúdez González, titular de la cedula de identidad Nº 5.303.907, debidamente asistido por la ciudadana Gladys de Bermúdez, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.758, el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 338 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ordena el emplazamiento de la parte demandada, ciudadanos IBet Olga Bittar de Aspche, Miriam de los Angeles Asapche de Gonzalez, Vivian Josefina Asapche de Mongue, Olga Magaly Asapche Bittar, Antonio José Asapche Bittar, y Elias Ruben Bittar Escalona, titulares de las cédulas de identidad números 228.325, 3.885.930, 4.254.110, 4.254.111, 6.256.411 y 6.236.561 respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal a dar contestación a la presente demanda, dentro del lapso de VEINTE (20) días de despacho, siguientes a la constancia en autos de la ultima de las citaciones ordenadas se haga, en las horas destinadas a despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m. Compúlsense copias del libelo de demandada, junto con su auto de comparecencia al pie y entréguense al alguacil encargado de practicar dicha citación, previo suministro mediante diligencia de las copias requeridas. Respecto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto y en cuaderno separado que a tal efecto se ordena abrir, previa consignación de los fotostátos correspondientes al libelo, recaudos y auto de admisión.
La Juez,
Maria Rosa Martínez Catalán
La Secretaria Acc,
Belsy Sosa Patiño
Exp. AH11-V-2009-02 (46303)
Ángel-.-