REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de Julio de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP11-V-2009-000840
Vista la demanda presentada por el abogado ENRIQUE TROCONI SOSA inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 39.626, actuando en su carácter de apoderado judicial de VENEZOLANO DE CREDITO , S.A., BANCO UNIVERSAL, antes Banco Venezolano de Crédito, S.A., sociedad mercantil del mismo domicilio, constituida conforme a documento inscrito ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha cuatro (4) de junio de 1925, bajo el No. 204, publicado en la Gaceta Municipal del Gobierno del Distrito Federal, en fecha 6 de junio de 1925, No. 3262, transformado en Banco Universal, cambiada su denominación social y modificados íntegramente sus estatutos según consta de documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veinticuatro (24) de enero de 2002, bajo el No. 11, Tomo 6-A –Pro., publicado en el diario La Religión de fecha veintiséis (26) de febrero de 2001, este Tribunal considera que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Ventas con Reserva de Dominio en concordancia con el artículo 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena emplazar a la sociedad mercantil STIWCA, C.A., sociedad mercantil domiciliada en el Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta, e inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 1° de agosto de 2001, bajo el No. 52, Tomo 31-A, y su última modificación inscrita en el citado registro mercantil, en fecha dieciséis (16) de noviembre de 2004, bajo el No. 10, Tomo 50-A, en la persona de su Presidente, ciudadano WOLFANG EMILIO WEEDEN BARRETO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. 5.905.139, en la siguiente dirección: Asentamiento Campesino Valles del Nevera, No. 135, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezca, por ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a la constancia en autos que de su citación se haga, mas dos (2) días que se le conceden como término de distancia para que de contestación a la demanda, incoada en contra de la mencionado sociedad mercantil, por VENEZOLANO DE CREDITO, S.A., BANCO UNIVERSAL. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y para la practica de la citación se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio Diego Bautista y Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, para lo cual se ordena librar despacho bajo oficio. Con respecto a la medida solicitada, el Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en cuaderno de medidas que a tal efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de la demanda y sus anexos, previo el suministro de los fotostátos respectivos. Líbrese compulsa y abrase cuaderno de medidas;
La Juez
Dra. Maria Rosa Martínez C. La Secretaria

Norka Cobis Ramirez
MRMC/NCR/gm.
AP11-V-2009-000840