REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 28 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP11-R-2009-000357
Visto el escrito presentado por el abogado Néstor Osorio C., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 22.823, apoderado judicial del ciudadano Pedro Cárdenas Montero., mediante el cual ejerce recurso de hecho contra el auto de fecha 02 de julio de 2009, dictado por el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el Tribunal lo admite cuanto ha lugar en derecho.- Comoquiera que el recurso de hecho se introdujo sin acompañar las copias de las actas conducentes, esta alzada, tiene como introducido dicho recurso, conforme lo previsto en el artículo 306 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo, el recurrente deberá dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a la presente fecha, consignar las copias de las actas que crea conducentes; y, vencido dicho lapso, de acuerdo al artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, esta juzgadora dictará la sentencia de mérito, en el recurso de hecho intentado por el abogado Néstor Osorio C., contra el auto dictado en fecha 02 de los corrientes, por el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes.-
La Juez
La Secretaria
María Rosa Martínez Catalán
Norka Cobis Ramírez.-
Hora de Emisión: 12:53 PM
Asistente que realizo la actuación: jaime.-