REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Seis (06) de Julio de Dos Mil Nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AH13-M-2007-000041
Vista la diligencia de fecha 30 de Junio de 2009, presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, constante de un (01) folio útil, suscrita por el abogado Asdrúbal García Sanabria, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 73.794, mediante la cual consigna, constante de dos (02) folios útiles, finiquito otorgado por ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, el cual se encuentra inserto bajo el N° 86, del Tomo 58 de fecha 30 de Junio de 2009 de los libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación previa su lectura por Secretaría, todo a los fines legales consiguientes.
Ahora bien, visto que en el aludido instrumento el abogado Asdrúbal Sanabria, actuando en su condición de endosatario de la letra de cambio objeto del presente litigio, otorgó total y amplio finiquito a la sociedad mercantil SUCRI PRESS, C.A., y al ciudadano CARLOS JOSÉ DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ, declarando igualmente que nada más quedan a deberle por esta obligación ni por ningún otro concepto, dándose entre si el más amplio finiquito y debido a que las partes acordaron en que la accionada retiraría la letra de cambio antes aludida, este Tribunal acuerda entregar a la parte accionada la letra de cambio que se encuentra bajo custodia en la caja fuerte de este órgano jurisdiccional y consecuencialmente declara TERMINADO el presente proceso por lo que se ordena el archivo del presente expediente. CÚMPLASE.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS.
ABG. DIOCELIS J. PÉREZ BARRETO.






ASUNTO: AH13-M-2007-000041
ASUNTO ANTIGUO: 2007-31.249
Hora de Emisión: 9:49 AM
JCVR/J.K-mejo.-