REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, trece (13) de Julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AH16-S-2007-000041
SOLICITANTE: XIOMARA MARGARITA GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-6.551.176.
MOTIVO: INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.
En fecha 03.07.07, la ciudadana: XIOMARA MARGARITA GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-6.551.176, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARIA CRISTINA DIAZ CORDOVEZ, de éste domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.179, presentó solicitud de INSERCIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de su hijo, manifestando: “…que por razones económicas, sociales y legales no he podido efectuar la inscripción en los Libros de Registro Civil de Nacimientos de mi hijo JOHERLI, quien nació en la Maternidad Concepción Palacios de Caracas, Distrito Federal, hoy Distrito Capital, el día catorce (14) de junio del Año Mil Novecientos Setenta y Siete (1977), a las 2:40 a.m., midiendo 53 centímetros y pesando 3 kilos con 100 Gramos, tal como se evidencia de la correspondiente Tarjeta de Nacimiento que anexo al presente escrito (…)” y por cuanto el hecho de carecer de Partida de Nacimiento no puede sacar la cédula de identidad, generándole múltiples problemas, por cuanto se le hace difícil acceder a puestos de trabajo, así como casas de estudios o documentos legales, todo lo cual se evidencia de la certificación expedida por el Registro Principal cursante en autos, quien hace constar que no aparece inserta su partida de nacimiento en los Libros de Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia San Juan; es por ello que ocurre ante este tribunal, a los fines de que se ordene la inserción en el Libro de Registro Civil de Nacimientos correspondiente.
Consignó al efecto: original de la Tarjeta de Nacimiento, Historia Clínica No. 93382, emanada de la “MATERNIDAD CONCEPCION PALACIOS “, Servicio de Maternidad; certificación del Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Capital, donde consta que no aparece el acta de nacimiento de JOHERLI hijo de la solicitante; constancia de no presentación emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital.
En fecha 09 de agosto de 2007, el tribunal admitió la solicitud, ordenando librar cartel de emplazamiento a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan a exponer los alegatos que consideren conducentes en relación a la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenando la notificación del Representante del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial. En fecha 04 de octubre de 2007, el Alguacil de este Despacho deja constancia de la notificación del Fiscal 94º del Ministerio Público. En fecha 06 de agosto de 2008, fue consignado a los autos el ejemplar de la publicación del mencionado cartel. En fecha 29 de octubre de 2008, se dicto auto conforme al articulo 771 del Código de Procedimiento, quedando la causa abierta a pruebas por un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de la notificación del Fiscal; dejando constancia el Alguacil de este despacho de la notificación en fecha 12 de noviembre de 2008.
En fuerza de lo expuesto y de conformidad con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil; en concordancia con el artículo 458 del Código Civil Venezolano, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ORDENA a la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registrador Principal del Distrito Capital, a INSERTAR, tomar nota y dejar expresa constancia en los Libros de Registro Civil de Nacimiento, del acta de nacimiento del ciudadano JOHERLI, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, quien nació el día 14 de junio de 1977, hijo de XIOMARA MARGARITA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. V-6.551.176, todo sin perjuicio de terceros. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 506 del Código Civil, se ordena librar oficio junto con copias certificadas de la presente decisión. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 6º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los trece (13) días del mes de Julio de 2009. 199º y 150º.
El Juez,
Abg. Marisol Alvarado Rondón
La Secretaria
Abg.Yroid J. Fuentes L.
En esta misma fecha, siendo las 2:21 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg.Yroid J. Fuentes L.
Asunto: AH16-S-2007-000041
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