REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de Julio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP11-S-2009-000322
Vista la solicitud ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS que encabezan las presentes actuaciones, así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto ciudadano DOUGLAS RAIMUNDO ABREU URRIBARRI, quien en vida fuera titular de la cedula de identidad Nº 2.870.898, a las ciudadanas YNGRID JOSFINA CASTILLO DE ABREU, INGRID JOSETTE ABREU DE CADENAS, NATHALIE DAYANA ABREU CASTILLO y BRIGGITE EVELYN ABREU CASTILLO, todas de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. 3.691.819, 11.307.196, 11.124.659 y 14.642.385, respectivamente. Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y de salida del Archivo dejándose copia certificada de la misma en el Archivo de este Juzgado.-
EL JUEZ,


Dr. ANGEL VARGAS RODRIGUEZ
LA SECRETARIA,


Abg. SHIRLEY CARRIZALES
AVR/SC/Luis M.-
Exp. AP11-S-2009-000322.-