REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinte (20) de Julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP11-M-2009-000251
Vista la anterior demanda y los recaudos presentados por el Profesional del Derecho ASDRUBAL GARCIA SANABRIA, venezolano, mayor de edad, soltero, abogado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.972.376, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 43.794, actuando en su carácter de cesionario de un crédito, cedido por la Sociedad Mercantil de este domicilio PAT PRIMO VENEZUELA, C.A., el Tribunal le da entrada y acuerda anotarlo en el libro causas respectivos llevados por ante este Juzgado; y la ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena la intimación de la parte demandada COLOR DISEÑOS BLUE, C.A., RIF. Nro. J-31176037-7, domiciliada en la Avenida Libertador, Centro Comercial Sambil, Nivel Autopista, Local AR7-B, Chacao, Distrito Capital, e inscrita en el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 15 de julio de 2004, anotada bajo el Nro. 55, Tomo 430-A-VII, en su carácter de aceptante, en la persona de su Director ciudadano YSACC AGHAI LEVY, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.273.242, a fin que comparezcan por ante este Juzgado DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES A LA CONSTANCIA EN AUTOS SU INTIMACION, entre las horas destinadas para despachar desde las 8:30 a.m., hasta las 3:30 p.m., a fin de que pague o acredite haber pagado las siguientes cantidades de dinero: PRIMERO: La cantidad de Cuatrocientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Ochenta Bolívares con Sesenta y Ocho Céntimos (Bs.F. 438.480,34), monto de las once (11) facturas aceptadas e impagadas aquí demandadas. SEGUNDO: La cantidad de Ciento Diecisiete Mil Novecientos Treinta y Tres Bolívares con Sesenta y Ocho Céntimos (Bs.F. 117.933,68), monto de los dos (02) cheques impagados aquí demandados. TERCERO: La cantidad de Ciento Treinta y Nueve Mil Ciento Tres Bolívares con Cincuenta Céntimos (Bs.F. 139.103,50), por concepto de costas prudencialmente calculadas por este Tribunal en un VEINTICINCO POR CIENTO (25%). Igualmente se le advierte que si no paga o acredita haber pagado o formula oposición dentro del lapso antes señalado se procederá a la Ejecución Forzada de conformidad con lo previsto en el Artículo 647 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta de intimación y anéxense a la misma copia certificada del escrito libelar y del presente decreto intimatorio y hágase entrega en la Oficina de Unidad de Actos de Comunicación (UAC) del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines que el Alguacil a quien corresponda practique la citación ordenada, previa consignación de los fotostatos requeridos. Dichos fotostatos los certificará el Secretario de este Juzgado en todas y cada una de sus páginas de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 ambos del Código de Procedimiento. Con respecto a la medida solicitada el Tribunal proveerá lo conducente en cuaderno de medidas que a tal efecto se ordena abrir, por lo que se insta a la actora a consignar copia del libelo y del auto de admisión a fin de que formen parte del mismo. Líbrese la boleta de intimación respectiva, una vez conste en autos los fotostatos requeridos. Cúmplase.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. ANGEL VARGAS RODRIGUEZ.
ABG. SHIRLEY CARRIZALES.
Hora de Emisión: 10:59 AM
Asistente que realizo la actuación:
NSR**