REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintinueve (29) de julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP31-S-2009-001185
SOLICITANTE: DULCE MARIA DEL CARMEN RAMOS DE DUGARTE
DE CUJUS: SILVIO LUIS RAMOS
DECLARACIÓN DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA
Vista la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana DULCE MARIA DEL CARMEN RAMOS DE DUGARTE, venezolana, mayor de edad, casada, domiciliada en Caracas, Distrito Capital y titular de la Cédula de Identidad No. V- 2.141.246, asistido por el abogado Oscar Santa Cruz Carmona, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 11.512, quien consignó recaudos y promovió testimoniales con la finalidad de que se le declare a ella como Única y Universal Heredera de su causante, SILVIO LUIS RAMOS, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-225.820, fallecido ab intestato el 13 de diciembre de 2007. Evacuadas como han sido las testimoniales de los ciudadanos BELKIS MARGARITA ASCANIO ISTURIZ y ANTONIO JOSE VILLEGAS JUSTO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Municipio Libertador del Distrito Capital y titulares de la Cédulas de Identidad números V-6.671.500 y V-7.663.294, respectivamente, quienes de forma conteste y pertinente respondieron favorablemente para la solicitante, las seis (6) preguntas contenidas en el escrito que dio inicio al presente expediente. La Solicitante consignó los siguientes recaudos: 1) Copia certificada del Acta de Defunción No. 156, expedida el 23-3-2007, levantada por el Registrador Civil de la Parroquia El Cafetal, Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda, levantada el 14 de diciembre de 2007, con ocasión de la declaratoria del fallecimiento de SILVIO LUIS RAMOS, identificado como viudo, de 83 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 225.820, fallecido el 13 de diciembre de 2007 e hijo de ANA VICTORIA RAMOS y viudo de EDILIA ÁLVAREZ (fallecidas); 2) Certificación de Datos Filiatorios, en original, emitida por la ONIDEX, Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central del Departamento de Datos Filiatorios, el 02-04-2009, con el Nº TQ-09-10644, de la ciudadana DULCE MARIA DEL CARMEN RAMOS DE DUGARTE, de la cual se evidencia que su madre es ANA VICTORIA RAMOS, nacida el 29-4-1939 en el Municipio Valera, Estado Trijillo, Parroquia Juan Ignacio Montilla; 3) Certificación de Datos Filiatorios en original, emitida por la ONIDEX, Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central del Departamento de Datos Filiatorios, el 25-06-2009, con el Nº TQ-09-21265, del ciudadano SILVIO LUIS RAMOS, de la cual se evidencia que aparece como viudo e hijo de ANA RAMOS, nacido el 3-7-1924 en la Parroquia Juan Ignacio Montilla, Municipio Valera del Estado Trijillo; 4) Copia de Cédulas de Identidad, a nombre de los ciudadanos DULCE MARIA DEL CARMEN RAMOS DE DUGARTE y SILVIO LUIS RAMOS, identificados de la misma forma en que están en el escrito presentado. En consecuencia, analizadas las actas contentivas de las declaraciones de los testigos promovidos, relacionándolas con los documentos analizados, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara las presentes actuaciones, TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de SILVIO LUIS RAMOS, antes identificado, a favor de su hermana, ciudadana DULCE MARIA DEL CARMEN RAMOS DE DUGARTE, venezolana, casada, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.141.246.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase las presentes actuaciones en original a la solicitante, a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada a los veintinueve (29) días del mes de julio de dos mil nueve (2009), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA ACC.,
Abg. CAROLINA ALARCON REAÑO
En esta misma fecha, y siendo las (10:30) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA ACC.,
ZMRZ/CAR/Yrene.-
AP31-S-09-001185
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