República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 30 de Junio de 2.009
Años 199° y 150°



Visto el escrito de pruebas que antecede, presentado por el abogado PABLO PAREDES ALCALA, Inpreabobogado N° 82.048, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, este Tribunal, las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la Definitiva. En cuanto a la prueba de exhibición promovida por la parte demandada en dicho escrito, este Tribunal acuerda la Intimación del ciudadano LAINS ARAUJO LASCANO, titular de la cédula de identidad N° 36.348, en su condición de Director Administrador de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CANIA, C.A., para que comparezca ante este Tribunal a la 01:00 de la tarde, del SEGUNDO (2°) DIA DE DESPACHO siguiente a la constancia en autos de su intimación, a los fines de que exhíba el original del contrato de arrendamiento celebrado entre la mencionada empresa y el ciudadano IGNACIO LUIS RIVERO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.401.001, Director de la empresa DISTRIBUIDORA TOANICA Todo en Anime, C.A., correspondiente al periodo de arrendamiento del 01 de Junio de 1.997 al 30 de Mayo de 1.998. Líbrese Boleta de Intimación. En cuanto a las Posiciones Juradas, promovidas en el Capitulo, el Tribunal la Admite y acuerda la citación del ciudadano LAINS ARAUJO LASCANO, titular de la cédula de identidad N° 36.438, en su condición de Administrador de la empresa INVERSIONES CANIA, C.A., para que comparezca por ante este Tribunal a las 02:00 de la tarde del SEGUNDO (2°) DIA DE DESPACHO siguiente a su citación, y que conste en autos la misma, a fin de que ABSUELVA POSICIONES JURADAS que le formulará la parte demandada. Asimismo, el Tribunal fija las 02:00 de la tarde del PRIMER (1°) DIA DE DESPACHO siguiente a la conclusión de las posiciones juradas de la parte actora, para que la parte demandada las absuelva. Líbrese Boletas de citación. Con respecto a la Prueba Testimonial promovida en el referido escrito de pruebas, este Tribunal fija la 01:00, 02:00 y 03:00 de la tarde del CUARTO (4°) DIA DE DESPACHO siguiente al de hoy, para que los ciudadanos ANTONIO GARCIA DE CASTRO, ROGELIO MARTINEZ y CARLOS JIMENEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.589.738, 2.109.135 y 11.227.322, respectivamente, rindan sus declaraciones. De igual manera, este Tribunal fija la 01:00, 02:00 y 03:00 de la tarde QUINTO (5°) DIA DE DESPACHO siguiente al de hoy, para que los ciudadanos KELLY GONZALEZ ESCOZO, CLAUDIO LACANALE y ANTONIETA LIUZZI, titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.559.336, 6.910.294 y E-81.684.250, respectivamente, rindan sus declaraciones testimoniales. En cuanto a las declaraciones testimoniales de los ciudadanos NELSON MARIN, MARCO A. PIETROBONO, FRANCO ABATE, DANIEL GARCIA, HEIDY AYAACH, FLOR M. MAESTRE, GREGORY ORTEGA KELIANA GONZALEZ, JOSE LOPEZ, ALFREDO MARANDO y CARLOS J. LOPEZ, promovidos por la parte demandada, este Tribunal SE ABSTIENE de fijarles oportunidad para que rindan declaración testimonial en virtud de que el lapso de evacuación de pruebas del presente procedimiento, no es suficiente para la evacuación de dichas testimoniales.-
LA JUEZ,



Dra. INDIRA PARIS BRUNI.-
EL SECRETARIO ACC.,



JHONME R. NAREA TOVAR.-

En la misma fecha se libraron las Boletas de Intimación y Citación ordenada en el auto anterior.-
EL SECRETARIO ACC.,






IPB/JNT/damaris
Exp. N° AP31-V-2009-000821