REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AP31-F-2009-000527
PARTE SOLICITANTE: Los ciudadanos WILLIAM BEAUJON ZIGHELBOIM Y MARIA PIA BISANTI TORRENS, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-5.972.489 Y 5.972.489, respectivamente.-

ABOGADO ASISTENTE: LORENA TABLANTE RODRIGUEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Número: 130.933.-

MOTIVO: DIVORCIO (185-A).-


Mediante escrito procedente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas, presentado por los ciudadanos: WILLIAM BEAUJON ZIGHELBOIM Y MARIA PIA BISANTI TORRENS, asistidos por la Abogada LORENA TABLANTE RODRIGUEZ, donde solicitan que de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, se declare el divorcio y disuelto el vinculo matrimonial que los une; alegan que contrajeron matrimonio civil en fecha 18 de Marzo de 1981, por ante la Alcaldía del Municipio Baruta del Distrito Sucre del Estado Miranda, consignando al efecto copia expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario del Municipio Baruta del Estado Miranda; que fijaron su domicilio conyugal en la calle 5, Residencias Marima, apartamento 52, Urbanización Terrazas del Avila Municipio Sucre del Estado Miranda; que han permanecido separados por más de Cinco (05) años y que en su unión procrearon dos (2) hijos, hoy mayores de edad, que adquirieron bienes de fortuna los cuales liquidarán con posterioridad al divorcio.-
En fecha 11 de mayo de 2009, se admitió la solicitud, ordenando la notificación del Ministerio Público, a fin de que exponga lo que considere conveniente en relación a la misma.-
Ahora bien, una vez notificado el Fiscal del Ministerio Público; compareció la Fiscal Centésima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Abogada ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en fecha 26 de Junio de 2009, y no hizo objeción alguna en la referida solicitud.-
Estando dentro de la oportunidad para decidir, pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
Que en el presente caso se han cumplido todos los requisitos de Ley, establecidas en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, procede el divorcio solicitado Y ASÍ SE DECIDE.-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio hecha por los cónyuges, ciudadanos: WILLIAM BEAUJON ZIGHELBOIM Y MARIA PIA BISANTI TORRENS, ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha en fecha 18 de Marzo de 1981, por ante la Alcaldía del Municipio Baruta del Distrito Sucre del Estado Miranda.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los catorce (14) días del mes de julio del Año Dos Mil nueve (2009).- Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA JUEZ,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.
LA SECRETARIA,
Abog. JESSIKA ARCIA PEREZ.
En la misma fecha siendo las 10:30 de la mañana, se publicó y registró el anterior decisión.-
LA SECRETARIA.
Abog. JESSIKA ARCIA PEREZ.