REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de julio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-003329
Visto el escrito de transacción de fecha 03 de julio del año 2009, presentada por los el ciudadano JAIME SANCHEZ parte actora asistido por el abogado FRANCISCO HERNANDEZ inscrito en el IPSA bajo el numero 82.478 y el abogado LUIS URANGA inscrito en el IPSA bajo el numero 25.022 en su carácter de apoderará judicial de la parte demandada mediante celebran transacción laboral en los términos expuestos en el referido escrito y en el cual se deja constancia de la entrega al ciudadano JAIME SANCHEZ de la suma de VEINTE MIL CON 00/100 CENTIMOS (Bs. F 20.000,00) mediante cheque de fecha 01-07-2009 bajo el numero 09741891 emitido por CORP BANCA C.A. Banco Universal y de los siguientes pagos la suma de Bs., F 20.000 el día 04-08-2009 y la Suma de Bs. F 20.000 el día 25-07-2009 estos últimos ante la URDD, en consecuencia visto lo anterior acuerdo de las partes por un monto total de BS. F. 60.000 no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del ex-trabajador, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACIÓN, QUEDANDO CONSUMADO EL ACTO COMO COSA JUZGADA y deja constancia que dará por terminada la presente causa una vez conste en autos el ultimo de los pagos otorgados, Es Todo.
La Juez
Abg. Mónica Quintero
El Secretario
Abg. Joralbert Corona
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