REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 06 de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001016
PARTE ACTORA: DERBY JOSE GONZALEZ LOBO, titular de la cédula de identidad Nro. 16.970.415.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FABIOLA ALVAREZ y otros, IPSA Nro. 49.596.
PARTE DEMANDADA: VISO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALEJANDRO RODRIGUEZ FERRARA y MANUEL GUILLERMO CISNEROS PACHANO, IPSA Nros. 25.422 y 49.829, respectivamente.
MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales
Hoy, 06 de julio de 2009, siendo las 2:00 pm; día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos DERBY JOSE GONZALEZ LOBO en su carácter de parte actora, quien se encuentra acompañado de su apoderado judicial FABIOLA ALVAREZ asimismo se encuentra el abogado MANUEL GUILLERMO CISNEROS PACHANO, en representación de la parte demandada, todos arriba identificados, dándose así inicio a la audiencia, con la intervención de los presentes quienes manifiestan que han llegado al siguiente acuerdo: La empresa VISO, C.A., representada por MANUEL GUILLERMO CISNEROS PACHANO, a los fines de poner termino al presente juicio, ofrece a la parte actora por todos y cada uno de los conceptos demandados los cuales comprenden antigüedad tanto acumulada, adicional y parágrafo primero del articulo 108 LOT, intereses sobre prestaciones sociales (articulo 108 LOT), vacaciones fraccionadas, (artículo 225 LOT), utilidades fraccionadas (articulo 174 LOT), bono vacacional fraccionado (articulo 223 LOT), e indemnización por despido injustificado (Art. 125 LOT), aun cuando éste último concepto no procede por cuanto nunca fue despedido, la cantidad de NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 952,32), en un solo pago el cual se efectúa en la presente fecha mediante la entrega que se hace del cheque Nro. 78103454, librado contra el Banco Mercantil cuenta corriente Nro. 0105-0699-96-1699022224, de fecha 10-06-2009 por la suma de Bs. 952,32; a favor de DERBY GONZALEZ, el cual lo recibe a su entera satisfacción, libre de constreñimiento alguno en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar por los conceptos demandados ni por ningún otro concepto, a la demandada, ni a ninguno de sus empresas filiales, o sucursales, en virtud de lo cual la juez en conformidad a los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como al articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, observa que la transacción cumple los requisitos señalados en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9, 10 de su Reglamento, por consiguiente este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; de igual manera se declara terminado el presente acto, se deja constancia que se entrega el material probatorio dada la naturaleza del presente acto, asimismo se da por terminada la causa. Déjese copia de la presente acta como medio de auto composición procesal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez
El Secretario
Abog. Ruth Pernia
Abog. Israel Ortiz
Los Presentes
DERBY JOSE GONZALEZ LOBO
FABIOLA ALVAREZ
MANUEL GUILLERMO CISNEROS PACHANO
|