REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA


PODER JUDICIAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare, 10 de Junio de 2009
196º y 147º
PP01-V-2009-000394

Vista la manifestación de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada personalmente por sus firmantes ciudadanos ROSA ANA OCHOA FERRER e IVAN DE JESUS MONCADA OVIEDO, titulares de las cédulas de identidad Nº. V-13.556.167 y V-13.960.388 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio ELIDES AGUIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº44.386. Se declara dicha separación en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos conforme a lo establecido en el Artículo 189, del Código Civil Venezolano. Expídanse por Secretaria las copias certificadas que fueren menester a los efectos del articulo 507 ejusdem, insértese una copia de la solicitud que encabeza estas actuaciones y de este Decreto en los Libros de Matrimonio llevados por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Araure del estado Portuguesa, para lo que se acuerda remitir copia certificada. Líbrese boleta de notificación a la Fiscal Cuarta del Ministerio Publico con competencia en Materia de Protección del Niño, Adolescente y Familia de esta misma Circunscripción Judicial.

La Jueza,


Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez.

El Secretario,


Abog.Alfredo Oropeza.
Luz. R.-