ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-006298
PARTE ACTORA: ALBA YELITZA REVETE
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: ADRIANA LINARES CASTILLO, REYES MARJORIE y YINESKA FRANCO DAVILA
PARTE DEMANDADA: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: HERNAN BONALDE GARCIA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, diez (10) de junio de dos mil nueve (2009), siendo las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por ante este Despacho el Abogado HERNAN BONALDE GARCIA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 72.826, en Representación de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR ORGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana ALBA YELITZA REVETE, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. En lo que respecta a las pruebas presentadas al inicio de la audiencia preliminar, deberán ser retiradas por ante la oficina de atención al público (O.A.P.), firme como haya quedado la presente decisión. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA

LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA

ABG. JETSY MARCANO