REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Quinto (15°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2008-001656
Vista diligencia de fecha (05) de junio de 2009 presentada por el ciudadano RAFAEL CORDERO SANCHEZ, actuando en su propio nombre y representación, mediante la deja constancia de haber recibido la cantidad de Bs.(19.000,00) a través de cheque del Banco Mercantil, monto este que corresponde a los conceptos derivados de la Relación Laboral; en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Del mismo modo se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas conforme a lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase



EL JUEZ
Abg. Eduardo Núñez

LA SECRETARIA
Abg. Adriana Bigott