REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Tres (03) de Junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2009-002248
PARTE ACTORA:RAUL RENE RODRIGUEZ VENGOCHER
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LILIA MARIA PAGUA DE PERDOMO, LUIS ENRIQUE PERDOMO
PARTE DEMANDADA: TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA, C.A (TRASVALVI)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR SPECHT, ELY MENDOZA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 3 de Junio de 2009 a las 11:00 a.m día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos RAUL RENE RODRIGUEZ VENGOCHER C.I N° 12.765.035 en su carácter de parte actora, LILIA PAGUA, LUIS PERDOMO inpreabogado Nros. 117.560 y 52.942 respectivamente en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora según consta en poder de representación ya inserto en el expediente, OSCAR SPECHT, ELY MENDOZA inpreabogado Nros. 32.714 y 121.997 respectivamente en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA, C.A (TRASVALVI) los cuales muestran a efectos vivendi poder de original de la parte demandada y este Juzgado verifica la autenticidad del mismo y procede en este acto a la devolucion del mismo, el cual dicho poder de encuentra en copia simple ya agregado a las actas procesales que conforman el presente expediente , dándose así inicio a la audiencia. La parte demandada TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA, C.A, ofrece a la parte actora la cantidad total de CUATRO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs F.4.400,00), dicha cantidad sera cancelada por la parte demandada en UN (1) pago, para el dia 30 de Junio de 2009 pago que sera efectuado por la parte demandada por ante la Oficina de Recepcion de Documentos de este Circuito Judicial . A continuación la parte actora expone que esta totalmente de acuerdo con la cantidad ofrecida por la parte demandada . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Organica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Nuñez
Carla Orejarena
PARTE ACTORA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA
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