REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre:
Poder Judicial.
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS NACIONAL Y DE ADOPCION INTERNACIONAL.
Sala de Juicio IV
199° y 150°
Asunto: AP51-S-2009-001483
Motivo: Curador Ad-Hoc.
Solicitante: Andreina del Carmen Rodríguez Matos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.485.751.
Abogado Asistente: Esmeralda Morales García, Defensora Pública Suplente Séptima de Protección al Niño y al Adolescente.
Niño/ Adolescente: “…cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente”…” , de siete (07) años de edad.
Se inicia la presente por solicitud de Curador Ad-Hoc, presentada por la ciudadana Andreina del Carmen Rodríguez Matos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.485.751, debidamente asistida por la Abogada Esmeralda Morales García, Defensora Pública Suplente Séptima de Protección al Niño y al Adolescente. Ahora bien, vista la diligencia de fecha 08/06/2009, presentada por la ciudadana Andreina del Carmen Rodríguez Matos, debidamente asistida por la abogada Esmeralda Morales García, Defensora Pública Suplente Séptima de Protección al Niño y al Adolescente, mediante la cual desiste del procedimiento de Curador Ad-Hoc; esta Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas Nacional y de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el desistimiento y le da carácter de cosa juzgada. Expídase por Secretaria copias certificada de la diligencia con inserción del presente auto y entréguese a la parte interesada. Devuélvase documentos originales previa certificación por secretaria, asimismo se ordena el cierre y archivo del expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas Nacional y de Adopción Internacional, a los (19) días del mes de junio de 2009. Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez de Sala
Emilio Ruiz Guía
La Secretaria
Luisa Oliveros
AP51-S-2009-001483