REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, 16 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-009645

Visto el escrito de fecha 04 de junio de 2009, presentado por la Fiscal Centésima Octava (108°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, abogado ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, a petición de los ciudadanos RAUL DAVID HUERFANO ARREDONDO y YACELIA COROMOTO GONZALEZ LUCERO, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.337.458 y V-6.449.994, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses del Adolescente y niña (...), de (...) y (...) años de edad respectivamente; en el cual remiten convenio de Obligación de Manutención a favor del prenombrado adolescente y niña, y quienes acordaron todo lo relativo al cumplimiento de la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal Nro. 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.