REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, 04 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-008709

Visto el escrito de fecha 22/05/09, presentado por la Defensora del Niño, Niña y Adolescentes acreditada bajo el Nº 213 por el Consejo Municipal de Derechos de Niños y Adolescentes del Municipio Libertador, en representación de la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente “Negro Primero”, YENIPHER MONTENEGRO, a petición de los ciudadanos HERCULES SMITH PÉREZ MENDOZA y YESTEILE JOSEFINA LAYA, colombiano y venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. E-83.748.044 y V-16.203.108, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de la niña (...), de (...) años de edad; en el cual remiten convenio de Obligación de Manutención a favor de los prenombrados niños, y quienes acordaron todo lo relativo al cumplimiento de la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal Nro. 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.