REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal Nº X.
Caracas, quince (15) de junio de Dos Mil Nueve (2.009).
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-008856
Vista la solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana KATHERINE ANDREA MENDEZ BONILLA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-20.303.271, a favor de su hija, debidamente asistida en este acto por el abogado ABDON ENRIQUE ALMEIDA CENTENO, en su carácter de Defensor Público Décimo (10°) para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.755, mediante la cual solicita que la referida niña, sea declarada carga familiar de la ciudadana EVELYN ELENA MARTINEZ HURTADO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-7.950.535, en virtud de ser la abuela paterna de la niña, revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y vista las declaraciones de los testigos promovidos, ciudadanos MILITZI DAYANA GÚZMAN MUJICA y RONALD JOSÉ GONZÁLEZ KONCKI, titulares de la cédula de identidad Nos. V-13.160.474 y V-14.780.901, respectivamente; esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros con igual o mejor derecho, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara a la niña, como carga familiar de la ciudadana EVELYN ELENA MARTINEZ HURTADO, antes identificada. Expídanse por secretaría las copias certificadas que requieran la parte interesada con inserción de la presente decisión, y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregados en su oportunidad correspondiente. Cúmplase lo ordenado una vez se aporten los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS. EL SECRETARIO,
ABG. MARTÍN JIMENEZ
Exp.: AP51S2009008856
MRR/MJ/Gustavo
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