REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 10
Caracas, quince (15) de Junio del año dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-008859
SOLICITANTE: ANGELICA KARIN ALAÑA MATEO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 24.978.385
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR y TRAMITAR PASAPORTE.
Vista la anterior solicitud de Autorización Judicial Para Viajar y Tramitar Pasaporte, presentada por la ciudadana ANGELICA KARIN ALAÑA MATEO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 24.978.385, mediante la cual solicita le sea otorgado permiso para tramitar el pasaporte de su hijo; Ahora bien, en virtud que se encuentran llenos lo extremos previstos en la Ley, esta Sala acuerda conforme a lo solicitado, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem. En consecuencia, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ANGELICA KARIN ALAÑA MATEO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 24.978.385, para que realice todas las diligencias necesarias por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a los fines de obtener el Pasaporte de su hijo. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente Sentencia y entréguense a la parte interesada. Por último, se acuerda librar oficio a la Oficina de Identificación y Extranjería comunicándole lo aquí acordado. Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 10 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los quince (15) de Junio del año dos mil nueve (2009). Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ,
DRA. MAIRIM RUIZ RAMOS. EL SECRETARIO,
ABG. MARTIN JIMENEZ.
MRR//MJ//
Motivo: Autorización para Tramitar Pasaporte.
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