REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, 30 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-0010674

Visto el Convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentado para su homologación por la ciudadana YNES DÍAZ ORELLANA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Primera (91°) del Ministerio Público, actuando en interés superior del niño , de diez (10) meses de edad, a solicitud de los ciudadanos YOSELIN CAROLINA MURILLO MERCHAN y HUGO JAVIER CHAPELLIN ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros 19.994.365 y 18.313.179, respectivamente, se ADMITE, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en la Ley. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
SARA E. GUARDIA SOTO.
EL SECRETARIO,
ABG. ADRIANA MIRELES