REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, 30 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-0010885
Visto el Convenio de CUSTODIA, presentado para su homologación por la ciudadana BLANCA MARCANO MORALES, en su carácter de Fiscal Nonagésima Cuarta (94°) del Ministerio Público, actuando en interés superior de la niña, de seis (06) años de edad, a solicitud de los ciudadanos KAVIN STOTLEMIER GONZALEZ PITA y LEIDYS CAROLINA HUAYAMAVE MEZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.856.624 y V-17.753.628, respectivamente, se ADMITE, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia esta Sala de Juicio Nº XII del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 170 literal “f” y 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por secretaría las copias certificadas que se requieran. Igualmente, se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
Dra. SARA E. GUARDIA SOTO. LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA MIRELES
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