REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XIII
Caracas, 26 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-011001
Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), désele entrada y anótese en el libro respectivo. Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones suscrita por la ciudadana NATALITD MAGDALUZ PINO MARQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.- 12.626.245, actuando en su carácter de madre y representante legal de la niña SE OMITE LA IDENTIFICACION, de cinco (05) años de edad, asistida por la defensora pública Séptima (7°) para el Sistema de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita la autorización judicial para la tramitación del pasaporte de su hija. En consecuencia, esta Sala de Juicio acuerda autorizar ampliamente a la ciudadana NATALITD MAGDALUZ PINO MARQUEZ, anteriormente identificada, para que pueda tramitar la expedición del pasaporte de la niña de autos, ante las autoridades correspondientes, por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento del padre para la expedición del citado documento antes las autoridades de Identificación correspondientes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Líbrese oficio a la Dirección de Identificación y Extranjería (DIEX), a los fines de informarle de la presente decisión, y para la entrega de dicho oficio se nombra como correo especial a la ciudadana NATALITD MAGDALUZ PINO MARQUEZ. Remítase mediante oficio a la Oficina de Atención al Público, copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ,

ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN.
LA SECRETARIA,

ABG. SALLY GUERRERO.
JQA/Kristian Castellanos
AP51-S-2009-011001