REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal N° XIV
Caracas, 02 de Junio de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP51-V-2009-008242
En fecha 21 de mayo del presente año, se dictó auto dándole entrada a la presente demanda de Divorcio incoada por el ciudadano FELIX BERNARDO PARADAS ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.322.729 contra la ciudadana KAIRA ANDREINA ARCAS AVILA, titular de la cédula de identidad N° V-14.322.183, asimismo, se le instó a adecuar su escrito libelar conforme a lo establecido en el artículo 455 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
De la revisión de las actas se observa que la parte actora no cumplió con lo señalado por este Despacho Judicial, en el auto anteriormente señalado, en tal sentido, esta Jueza Unipersonal N° XIV de la Sala de Juicio del Circuito del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, declara INADMISIBLE la presente demanda de Divorcio. Asimismo se declara TERMINADO el presente procedimiento y se ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente asunto. Así se decide.
LA JUEZA,

ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO,

ABG. CARLOS ANDRES FONSECA

YLV/CAF/MARJORIE
AP51-V-2009-008242