REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, tres (03) de junio de dos mil nueve (2009).


199° y 150°

Estando dentro del lapso de cinco (5) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella interpuesta por los abogados CASTO MARTÍN MUÑOZ MILANO Y STALIN A. RODRÍGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 3.072 y 58.650, respectivamente actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARÍA DEL CARMEN GONZÁLEZ DE NASCIMIENTO, portadora de la cédula de identidad Nº 6.645.086, mediante la cual solicita el pago de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos a la Gobernación del Estado Bolivariano de Miranda.
EL JUEZ

JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY

EL SECRETARIO

CARLOS B. FERMÍN P.

EXP. 08-2384/aebc.-