REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, diecisiete de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : AP11-O-2009-000051

Por recibido y visto el anterior Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por el ciudadano ALBERTO LESSEUR ROJAS, venezolano, ingeniero y titular de la cedula de identidad numero 2.109.911, debidamente asistido por los abogados JAVIER YÑIGUEZ ARMAS y HECTOR TRUJILLO TRUJILLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 39.163 y 9.674, respectivamente, así como los recaudos acompañados y los alegatos esgrimidos en el mismo, en los cuales el solicitante considera vulnerados sus derechos constitucionales, el Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 27 y 55, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 1° y 2° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ADMITE cuanto ha lugar en derecho la Acción de Amparo Constitucional propuesta ante este órgano jurisdiccional.
En consecuencia, se ordena la notificación de la presunta agraviante Asociación Civil “CARACAS COUNTRY CLUB”, en la persona del Presidente de la Junta Directiva ciudadano JOSE RAFAEL PADRON, venezolano, mayor de edad y de este domicilio, a los fines que se sirva concurrir a este despacho, ubicado en el piso 3, Torre Norte del Centro Simón Bolívar, Caracas, Distrito Capital, a objeto de que tenga conocimiento sobre el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública en el presente Amparo Constitucional, la cual tendrá lugar tanto en su fijación como para su celebración, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) horas computadas a partir de la última notificación efectuada conforme a la sentencia N° 7, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de fecha 01-02-2000, bajo la ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera.
Se ordena la notificación de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales al Ministerio Público, en la persona del Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo, según lo ordenado mediante oficio N° 46579 de fecha 17-10-2002. Acompáñese tanto al oficio dirigido al Ministerio Público, como a la boleta de notificación de la presunta agraviante, copia certificada del escrito de la solicitud de amparo y del presente auto de admisión previo suministro de los fotostatos correspondientes los cuales deberán ser consignados por el presunto agraviado o su apoderado mediante diligencia. Líbrese boleta de notificación y oficio. Hágase entrega de los mismos al ciudadano alguacil, a objeto que se practiquen las diligencias correspondientes.
La Juez,

Maria Rosa Martínez Catalán
La Secretaria,

Norka Cobis Ramírez





Exp Nº AP11-O-2009-000051
Hora de Emisión: 4:52 PM
Asistente que realizo la actuación: Ehyberth