REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, doce de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AH13-X-1986-000008
Vista la diligencia suscrita en fecha 27 de mayo del año 2009, por la abogada en ejercicio ROSSANNA RIQUELMEX HERNÁNDEZ UZCATEGUI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 25.348, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Luís Raúl George Villarroel, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MIGUEL FUENMAYOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.348, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 14/06/1.983 y participada a la oficina de registro correspondiente con el oficio Nº 1.176 de fecha 21/06/1.983, sobre el bien inmueble que se identifica a continuación:
“Un apartamento que forma parte del Edificio “D” del Conjunto Residencial El Naranjal, distinguido con el Nº 81, ubicado en el octavo (8º) piso del edificio, situado éste en el sitio conocido como Las Minas de Baruta, jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre. Sus linderos son: NORTE: fachada Norte del edificio; SUR: hall de ascensores, circulación vertical de la planta y cuarto de medidores de agua y gas; ESTE: fachada Este del edificio; y OESTE: fachada Oeste del edificio y apartamento Nº 82”.
Dicho inmueble pertenece en propiedad al ciudadano LUÍS FRANCISCO GEORGE RANGEL, venezolano, mayor de edad, divorciado, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.555.594, según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, en fecha 10 de octubre de 1.980, bajo el N° 17, Tomo 2, protocolo primero.
Se ordena librar oficio a la oficina de registro correspondiente, a los de que se sirva estampar la nota marginal y acuse recibo a este Juzgado. Líbrese oficio.
EL JUEZ,
JUAN CARLOS VARELA RAMOS.
LA SECRETARIA,
DIOCELIS PREZ BARRETO.
Asunto Nº AH13-X-1986-000008
JCVR/DPB/Andreina.-
Hora de Emisión: 3:09 PM