REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veinticinco de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AP11-V-2009-000659
Vista la diligencia de fecha 15 de junio de 2009, suscrita por la ciudadana GILDA CACERES DE GUZMAN, titular de la cédula de identidad No. 3.752.404, actuando en su carácter de parte actora, debidamente asistida por el abogado EDGAR A. RODRIGUEZ Y., inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 109.314, mediante la cual ejerce recurso de apelación contra la sentencia dictada por este Despacho EN FECHA 10 de junio de 2009, el Tribunal a los fines de proveer observa:
Dispone el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
“La sentencia en la cual el Juez se declare incompetente, aun en los casos de los artículos 51 y 61, quedará firme si no se solicita por las partes la regulación de la competencia dentro del plazo de cinco días después de pronunciada…”.
Ahora bien, conforme a la norma antes transcrita, en el caso de autos lo procedente es ejercer el recurso de regulación, razón por la cual se niega la apelación interpuesta por la parte actora, y se ordena remitir el expediente al Juzgado distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-
EL JUEZ,
LA SECRETARÍA,
JUAN CARLOS VARELA RAMOS.-
DIOCELIS PEREZ BARRETO.
Exp. AP11-V-2009-000659
JCVR*DPB*Sonia.-