REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, veintiséis (26) de junio de dos mil nueve (2009)
Años 199° y 150°

Vista la diligencia fecha 22 de junio de 2009, suscrita por el ciudadano GONZALO SALIMA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 55.950, apoderado judicial de la parte demandada en la cual se da por notificado de la sentencia proferida por este Tribunal en fecha 06 de abril de 2009 e igualmente solicita se libre boleta de notificación a la parte actora, en concordancia a los artículos 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Este Juzgado Superior observa que dicha solicitud no es contraria a derecho y en consecuencia ordena la elaboración de la correspondiente boleta a los fines de que se practique la notificación al demandante.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata


VJGJ/RM/zov
EXP. N°. 9847












REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, veintiséis (26) de junio de dos mil nueve (2009).-
Años 199º y 150º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN SE HACE SABER:

A la Sociedad mercantil RECUPERADORA ALCALA, C.A., o a los abogados FERNANDO FERNANDEZ, ALEJANDRO LARES DÍAZ, HENRY TORREALBA LEDESMA, JOSÉ ENRIQUE DAPOLLO, EDMUNDO MARTÍNEZ RIVERO, IRENE RIVAS, EDUARDO QUINTERO MENDEZ, GABRIEL DE JESÚS, JOHANAN RUIZ Y LEONARDO BRITTO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 13.477, 17.680, 11.568, 19.692, 17.912, 46.843, 62.692, 71.182, 112.077 y 112.839, parte actora en el expediente signado con el N° 9847, nomenclatura de este tribunal contentivo del juicio por COBRO DE BOLÍVARES incoado en contra de INTERNATIONAL INVESTEMENT WORLD BUSSINESS COMMERCE CORP, C.A.; que por auto de esta misma fecha se acordó su notificación en virtud de la sentencia recaída en el presente juicio en fecha seis (06) de abril de dos mil nueve (2009).
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.- Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ,



Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.


VGJ/zov/Exp. 9847