REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, Dieciocho (18) de Junio de 2009
199º y 150º
Expediente Nº AP31-F-2009-001336.-
Sentencia Definitiva.
SOLICITANTE: LUCIA BIGOTTI DE PESCATORE, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la Cédula de Identidad No. V-6.068.385.-
ABOGADO APODERADO: RICARDO RODRIGUEZ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 24.116.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.
Vista la solicitud presentada por el Dr. RICARDO RODRIGUEZ, antes identificado, en su carácter de apoderado Judicial de la ciudadana LUCIA BIGOTTI DE PESCATORE, antes identificada, por medio de la cual solicita se haga una RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO de la solicitante, acta ésta llevada por la Alcaldía del Municipio Chacao del Distrito Sucre del Estado Miranda, No. 337, de fecha 16 de octubre de 1967, en la cual se incurrió en el error material al asentar en dicha acta el nombre de la solicitante como “LUCIA BIGOTTO RICCI”, siendo lo correcto,”LUCIA BIGOTTI RICCI”. Para probar lo alegado la solicitante consignó a los autos: acta de matrimonio, copia certificada del Acta de nacimiento de la ciudadana LUCIA BIGOTTI DE PESCATORE, así como copia de la Cédula de Identidad y copias de las partidas de nacimiento de sus hijos. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida; este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma SUMARIA la presente solicitud, en consecuencia se ordena oficiar a la Primera Autoridad Civil de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error involuntario al señalar el nombre de la solicitante como “LUCIA BIGOTTO RICCI”, siendo lo correcto, “LUCIA BIGOTTI RICCI”. y así se declara. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto y remítase con oficios a las autoridades correspondientes.-
EL JUEZ,
LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.-
EL SECRETARIO
MUNIR SOUKI URBANO
En esta misma fecha se requieren fotostatos para proveer.-
EL SECRETARIO,
MUNIR SOUKI URBANO
LTLS/MSU/ddr(0).
Exp: AP31-F-2009-001336
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