JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, Dieciocho (18) de Junio del año Dos Mil Nueve (2.009).-
199° y 150°
Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado SEBASTIAN ALVAREZ RAMIREZ, Inpreabogado Nº 3.758, en su carácter de apoderado judicial del solicitante, y la solicitud en la misma contenida este Tribunal NIEGA la Admisión de la presente solicitud, por cuanto el documento privado fundamento de la misma se consignó en copia simple, aún cuando se insto a la parte por auto de fecha 21/05/2009, que lo consignara en original.- Y ASI SE DECIDE.-
LA JUEZ,
DRA INDIRA PARIS BRUNI
EL SECRETARIO ACC.
JHONME NAREA TOVAR
IPB/MA/lili.-
Exp AP31-S-2009-001299.-