REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
AREA METROPOLITANA DE CARACAS.




PARTE SOLICITANTE: LEON OSTELD PESSATY, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No.V-5.531.485.-

APODERADO DE LA PARTE SOLICITANTE: ANA ISABELLA RUIZ GUEVARA., Inscrita en el Inpreabogado bajo el No.17.926.-

MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
EXP.No.AP31-F-2009-001000.-


Por recibida la presente Solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, presentada por lA Abogado ABA ISABELLA RUIZ GUEVARA, en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano LEON OSTELD PESSATY., désele entrada y anótese en los libros respectivos.- El Tribunal admite la presente solicitud cuanto ha lugar en derecho ser refiere, por no ser la misma manifiestamente ilegal ni improcedente, ni contraria al orden público o alguna disposición expresa de la Ley, asimismo visto el pedimento contenido en ella, en la cual solicita que éste Juzgado ordene la RECTIFICACION DE SU ACTA DE NACIMIENTO, la cual corre inserta en los libros de Nacimientos llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el No.100, folio 50 vto, Año 1964, manifestando la parte Solicitante en su libelo, que en la mencionada Acta de Nacimiento adolece el siguiente error material donde dice: KLARA PESSATY DE OSTELD, siendo lo correcto: KLARA PESATE DE OSTELD, que es como debe constar. Por lo que solicita se ordene la Rectificación de su Acta de Nacimiento.-

Como prueba de lo alegado, la parte solicitante trajo a los autos:
1º) Partida de Nacimiento expedida por el Registro Principal del Distrito Capital, (folio 7).-

2º) Copias de Cédulas de Identidad de KLARA PESATE DE OSTELD y HILLO OSTELD AKERMAN y LEON OSTELD PESSATY (folio 8 Y 9).-

3º) Partida de Nacimiento emanada del Registro Principal del Distrito Capital (folios 10 al 13).-

En éste sentido, considera el Tribunal, que el error a que hace referencia la parte Solicitante no amerita un trámite mediante un juicio ordinario de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.- En consecuencia, éste Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede en forma Sumaria, por lo que se Declara Procedente la Solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento y se ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento del ciudadano LEON OSTELD PESSATY, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No.V-5.531.485.- En consecuencia, se ordena Primero: Donde dice: KLARA PESSATY DE OSTELD, debe decir, siendo lo correcto: KLARA PESATE DE OSTELD, que es como debe constar, que es como debe constar y ASI SE DECIDE.-

Remítase anexo a oficios copia certificada de la solicitud y de la presente decisión a la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, en Acta de Nacimiento anotada bajo el No.100, Folio 50, Año 1964, de los libros llevados por ante éste Despacho, para que conforme a lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se estampe la nota correspondiente. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes.- Cúmplase.-

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS LLEVADOS POR ESTE TRIBUNAL.-

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area metropolitana de Caracas.- En Caracas, a los Dos (02) días del mes de Junio del año dos mil nueve (2009).- Años 199º y 150º.-
LA JUEZ,


Dra. INDIRA PARIS BRUNI.

EL SECRETARIO ACC,

JHONME R. NAREATOVAR.
En ésta misma fecha siendo las 09:00 a.m, se registró y publicó la anterior decisión.-
EL SECRETARIO ACC.

EXP.No.AP31-F-2009-001000.-
IPB/ma/jhonme.-
SENTENCIA DEFINITIVA.-