REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 09 de Junio de 2.009
199° y 150°
Vista la anterior solicitud y las declaraciones testimoniales promovidas y evacuadas a tal efecto, este Tribunal sin perjuicio de aquellos terceros que pudieran tener un igual o mejor derecho; y de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo suficiente que acredita a los ciudadanos: ISABEL TERESA SOJO, JUAN CARLOS PONCE SOJO, CARLOS ALEXANDER PONCE SOJO, DANIEL JOSE PONCE SOJO, ENDER ORLANDO PONCE SOJO y LICCETT LILIBETH PONCE SOJO, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.839.699, 15.023.818, 15.023.819, 11.928.518, 13.581.081 y 11.033.360, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Cujus ciudadano: JOSE MARTIN PONCE ORIGUEN, quien falleció en esta ciudad de Caracas, Distrito Capital, en fecha 11 de Marzo de 2.009. Expídanse las copias certificadas solicitadas, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código Procedimiento Civil. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
LA JUEZ.
Dra. INDIRA PARIS BRUNI.-
EL SECRETARIO ACC.
JHONME R NAREA TOVAR.-
En la misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado.-
Exp. N° AP31-S-2009-001281
IPB/JRN/antonio EL SECRETARIO,
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