REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, (01) de junio de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2008-001143
Visto el escrito presentado por ante este Juzgado en fecha: 18 de Mayo de 2009, se recibió de los abogados Henri Laorden, INPRE N° INPRE 33.433 y Israel García, INPRE N° 97.052, apoderados judiciales de la parte demandada y actora, respectivamente, ESCRITO TRANSACCIONAL constante de nueve (09) folios útiles, asimismo anexa copia simple de dos (02) cheques constantes de un (01) folio útil cada uno. Representación judicial según consta de poderes que cursa en autos, en el mencionado escrito ambas partes celebran una transacción, en la cual describen una relación circunstanciada de la misma.
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por las partes anteriormente identificados actuando en su carácter de parte actora y en su carácter de parte demandada, luego de examinar el contenido de la presente Transacción celebrada, constatado que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, procede de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y que es un medio de auto composición procesal procede a impartir su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,
CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA
Abg. JERALDINE GUIDIÑO
Una vez que conste en autos, medio de prueba de el último de los pagos acordados en el cuerpo del escrito.
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