REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, quince de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-002731

Visto el escrito transaccional presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del presente circuito, por ambas partes el 10 de junio de 2009, mediante la cual dejan constancia del acuerdo transaccional celebrado entre las mismas por la suma de Bs. 416.341,oo; se observa que el mismo cumple con los requisitos señalados en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9, 10 de su Reglamento, por consiguiente en conformidad a los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como al articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; de igual manera se acuerda expedir por secretaria dos (2) juegos de copias certificadas del escrito transaccional referido, asícomo del presente auto- previa consignación de los fotostatos correspondientes- y una vez retiradas éstas, se ordenará el archivo y cierre informativo del expediente. Así se decide.



El Juez

El Secretario
Abg. Ruth Pernía
Abog. Israel Ortíz