REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto (5°) de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-000097
Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la representación judicial de la parte demandada, en fecha 19 de febrero de 2009, con ocasión de la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto, este Tribunal pasa a pronunciarse respecto a las mismas, en los siguientes términos:
Testimoniales
En lo que se refiere a la prueba testimonial de los ciudadanos ANGEL ALCIDES RODRÍGUEZ, VICTOR ESCALONA y BRINOLFO RAFAEL GONZÁLEZ, este Tribunal ADMITE la misma y, en consecuencia, deberán comparecer por ante este Juzgado, a los fines de rendir declaración como testigos en la Audiencia de Juicio que se fijará por auto separado.
De la Audiencia de Juicio
Por último, el Juez informa a las partes que la incomparecencia a la Audiencia de Juicio en la oportunidad correspondiente acarreará consecuencias legales, igualmente, se insta a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a la utilización de los medios alternativos de resolución de conflictos. Así se decide.
EL JUEZ
OSWALDO FARRERA CORDIDO
EL SECRETARIO
CARLOS MORENO