REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001032
PARTE ACTORA: DAULIS GUILLERMO USCATEGUI
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT MAMABELLA denominada “REPRESENTACIONES KIMSAM C.A.”;
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: THAIS MARIANELA GUDIÑO VARGAS
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy veintiséis (26) de Marzo de dos mil nueve (2009), siendo las 11:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio DAULIS GUILLERMO USCATEGUI contra RESTAURANT MAMABELLA denominada “REPRESENTACIONES KIMSAM C.A.”; se deja expresa constancia que solo comparecieron la ciudadana THAIS MARIANELA GUDIÑO VARGAS , abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 36.199, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada RESTAURANT MAMABELLA denominada “REPRESENTACIONES KIMSAM C.A.”; según se desprende de instrumento poder que consigno en original a los solo efecto videndi, cuya copia se anexa al expediente y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150° y 198 °.
El Juez

Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar

Los Presentes
La Secretaria


Abog. Lorena Guilarte