ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-000572
PARTE ACTORA: ROLANDO ANTONIO GONZALEZ RAMOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: PEPSI-COLA DE VENEZUELA, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: BENAIM FABIANA
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS

En el día hábil de hoy, diez (10) de marzo de dos mil nueve (2009), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece por ante este Despacho, la Abogada BENAIM MENDOZA FABIANA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 129.943, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, PESI-COLA DE VENEZUELA, C.A. En este estado, se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano ROLANDO ANTONIO GONZALEZ RAMOS, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 150°.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA

LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA