REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : AP21-L-2003-001015
AUTO
Vista la diligencia que antecede suscrita por el apoderado judicial de la parte actora mediante la cual desiste tanto de la acción como del procedimiento interpuesto con EQUIPAMIENTOS MIRANDA (FUNDAEMIR), este Tribunal, establece que en cuanto al desistimiento de la acción, se abstiene de homologar por cuanto, le corresponde es al propio titular del derecho esta facultad y en cuanto al desistimiento del procedimiento, este Tribunal HOMOLOGA en los términos expuestos.
El Juez
El Secretario
Abg. Neyiree Toledo
Abg. Jean López