REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis (16) de marzo de dos mil nueve (2009)
198º y 150º

ASUNTO : AP21-L-2008-000553

Vista la diligencia de fecha 12 de marzo de 2009 suscrita por la parte demandante, mediante la cual desiste de la impugnación de la experticia realizada en el presente expediente y solicita de decrete la ejecución forzosa, este Juzgado en consecuencia HOMOLOGA dicho desistimiento y deja sin efecto la designación de expertos de fecha 19 de febrero de 2009. En cuanto a la solicitud de ejecución forzosa este Tribunal se pronunciará por auto separado.-

La Juez


Abg. Mariela Morales Soto
La Secretaria

Abg. Dayana Díaz