REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Juez Unipersonal. Sala de Juicio N° 12
Caracas, Diecisiete (17) de Marzo del año dos mil nueve (2009)
198º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-002739

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio 04 del presente expediente; así como las declaraciones de las testigos ciudadanas MARTHA ISABEL MURGUEYTIO CLAVIJO y MARIBEL SANCHEZ ARDILA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.280.490 y V-12.072.183 respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al joven, la adolescente y la niña Catorce (14) y Diez (10) años de edad respectivamente, en su carácter de hijos de la De Cujus NELLY MABEL SÁNCHEZ ROMERO, quien en vida era Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.158.447, quien falleció en fecha Dieciséis (16) de Diciembre del año 2008; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por Secretaría. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ,

DRA. SARA GUARDIA SOTO.
LA SECRETARIA,

ABG. ADRIANA MIRELES
SGS//AM//
Motivo: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Asunto: AP51-S-2009-002739